martes, 17 de septiembre de 2019

1.6-E-ALMACENES SEGÚN LA TITULARIDAD O PROPIEDAD




  Almacenes en régimen de leasing: Contrato de arrendamiento financiero que incluye una opción de compra para el arrendatario sobre el bien recibido en leasing, que podrá ejercitar al final del contrato por un precio que se denomina valor residual y que, obligatoriamente, debe figurar en el contrato de arrendamiento financiero.

Aquellos cuyo uso se establece bajo un contrato de aquiler a largo plazo, con derecho a compra si el dueño tiene intención de vender el local. El leasing es una elección intermedia entre el alquiler de espacio a corto plazo y la propiedad de un almacén. 


Las ventajas que presenta esta opción son: 

las tarifas de alquiler son más bajas;
el usuario puede controlar tanto el espacio destinado a almacenaje como las operaciones que se realizan.


 Como desventaja, el usuario pierde flexibilidad en cuanto a la posibilidad de cambiar la ubicación, pues el contrato garantiza que mantendrá el local alquilado por un tiempo determinado.




No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.